
España continúa siendo uno de los destinos más atractivos para residir, gracias a su clima privilegiado, riqueza cultural y calidad de vida. Sin embargo, la eliminación definitiva del programa de Golden Visa en abril de 2025 ha reducido las vías disponibles para obtener la residencia legal en el país.
A continuación, presentamos una tabla comparativa que detalla los requisitos, ventajas y consideraciones clave de dos modalidades más solicitadas actualmente.
Comparativa completa: Residencia de emprendedor (Start-up Visa) y Residencia por cuenta propia (Autónomo)
Tipo de visado / Criterios de comparación | |
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Objetivo principal | |
Start-up Visa Leer mas |
Crear un negocio innovador con potencial económico para España |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
Desarrollar una actividad económica por cuenta propia |
Requisitos para el negocio | |
Start-up Visa Leer mas |
Proyecto innovador y tecnológico que cumple los criterios ENISA; escalabilidad; creación de puestos de trabajo |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
Proporcionar un plan de negocios que no se exige innovación; disponibilidad de experiencia y cualificaciones profesionales; registro en autoridades fiscales y sociales |
Justificación de los fondos economicos | |
Start-up Visa Leer mas |
Demostrar mínimo 31.752 € para el solicitante, 11.907 € por segundo miembro de familia, 3.969 € por cada miembro adicional |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
Justificación de los fondos suficientes para implementar el plan de negocio y costear la vida en España; la cantidad dependerá de la actividad que se pretenda desarrollar |
Periodo de validez del permiso | |
Start-up Visa Leer mas |
Inicialmente 3 años con posibilidad de prórroga para otros 2 años; Después de 5 años - derecho a la residencia permanente |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
Se emite para 1 año con prórrogas posteriores; Después de 5 años - derecho a la residencia permanente |
Regimen fiscal y impuestos | |
Start-up Visa Leer mas |
Posibilidad de aplicación de "Ley Beckham": un tipo fijo del 24% sobre los ingresos de hasta 600.000 € durante primeros "Ley Beckham": un tipo fijo del 24% sobre los ingresos de hasta 600.000 € durante primeros 5 años |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
Escala progresiva estándar del impuesto sobre la renta del 19% al 47%; Impuesto de sociedades 25% salvo los dos primeros años 15% |
Posibilidad de empleo | |
Start-up Visa Leer mas |
Sí, está permitido trabajar por cuenta ajena en empresas españolas |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
No, únicamente se permite realizar actividades empresariales propias |
Posibilidad de solicitarlo en España | |
Start-up Visa Leer mas |
Sí, puede solicitarse desde España en caso de encontrarse legalmente (por ejemplo, con un visado de turista) |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
La solicitud debe presentarse desde el país de origen a través del Consulado de España |
Tiempo de tramitación | |
Start-up Visa Leer mas |
Aproximadamente 20 días hábiles después de la presentación del paquete completo de documentos |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
Aproximadamente 3 meses desde su presentación, si bien dependerá del país y la carga de trabajo del consulado |
Los familiares pueden solicitar un visado junto con el solicitante | |
Start-up Visa Leer mas |
Sí, el cónyuge y los hijos pueden obtener un permiso de residencia con derecho a trabajar y estudiar |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
Sí, es posible, pero se requerirá prueba de solvencia económica para sustentar a los familiares |
Requisitos de experiencia profesional | |
Start-up Visa Leer mas |
Se requiere demostrar experiencia y cualificación en el campo de actividad indicado |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
Se requiere demostrar experiencia y/o cualificación en el campo de actividad indicado |
Tipo de visado / Criterios de comparación | Start-up Visa Leer mas |
Residencia por Cuenta Propia (Autonomo) Leer mas |
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Objetivo principal | Crear un negocio innovador con potencial económico para España | Desarrollar una actividad económica por cuenta propia |
Requisitos para el negocio | Proyecto innovador y tecnológico que cumple los criterios ENISA; escalabilidad; creación de puestos de trabajo | Proporcionar un plan de negocios que no se exige innovación; disponibilidad de experiencia y cualificaciones profesionales; registro en autoridades fiscales y sociales |
Justificación de los fondos economicos | Demostrar mínimo 31.752 € para el solicitante, 11.907 € por segundo miembro de familia, 3.969 € por cada miembro adicional | Justificación de los fondos suficientes para implementar el plan de negocio y costear la vida en España; la cantidad dependerá de la actividad que se pretenda desarrollar |
Periodo de validez del permiso | Inicialmente 3 años con posibilidad de prórroga para otros 2 años; Después de 5 años - derecho a la residencia permanente | Se emite para 1 año con prórrogas posteriores; Después de 5 años - derecho a la residencia permanente |
Regimen fiscal y impuestos | Posibilidad de aplicación de "Ley Beckham": un tipo fijo del 24% sobre los ingresos de hasta 600.000 € durante primeros "Ley Beckham": un tipo fijo del 24% sobre los ingresos de hasta 600.000 € durante primeros 5 años | Escala progresiva estándar del impuesto sobre la renta del 19% al 47%; Impuesto de sociedades 25% salvo los dos primeros años 15% |
Posibilidad de empleo | Sí, está permitido trabajar por cuenta ajena en empresas españolas | No, únicamente se permite realizar actividades empresariales propias |
Posibilidad de solicitarlo en España | Sí, puede solicitarse desde España en caso de encontrarse legalmente (por ejemplo, con un visado de turista) | La solicitud debe presentarse desde el país de origen a través del Consulado de España |
Tiempo de tramitación | Aproximadamente 20 días hábiles después de la presentación del paquete completo de documentos | Aproximadamente 3 meses desde su presentación, si bien dependerá del país y la carga de trabajo del consulado |
Los familiares pueden solicitar un visado junto con el solicitante | Sí, el cónyuge y los hijos pueden obtener un permiso de residencia con derecho a trabajar y estudiar | Sí, es posible, pero se requerirá prueba de solvencia económica para sustentar a los familiares |
Requisitos de experiencia profesional | Se requiere demostrar experiencia y cualificación en el campo de actividad indicado | Se requiere demostrar experiencia y/o cualificación en el campo de actividad indicado |
Otras vías de obtención de la residencia en España
Servicios de
inmigración
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