Una de las disposiciones clave de la “Ley del Ecosistema de Startups” española es la introducción de una nueva visa y residencia para trabajadores remotos y freelancers internacionales, conocidos como “teletrabajadores de carácter internacional”. La visa para “nómadas digitales” tiene una validez de un año y se solicita en el consulado del país de origen o residencia, mientras que el permiso de residencia correspondiente, que se emite por tres años con posibilidad de renovación por dos años adicionales, se obtiene directamente en España.
Los ciudadanos de países no pertenecientes a la Unión Europea que trabajan de forma remota para empresas ubicadas fuera de España pueden beneficiarse de este nuevo método de legalización. Esto también se aplica a los trabajadores por cuenta propia que colaboran con varios empleadores o no tienen uno permanente.
Se exigen requisitos relacionados con la educación, las cualificaciones profesionales, la experiencia laboral y el nivel de ingresos para todos los “nómadas digitales”. Específicamente, los solicitantes deben tener al menos tres años de experiencia laboral en su campo elegido, siendo al menos los últimos tres meses con la empresa empleadora. Se espera que los candidatos a este tipo de residencia posean un título universitario de “universidades o escuelas de negocios prestigiosas”, aunque no se proporciona una lista de dichas instituciones educativas. Un currículum vitae publicado en redes sociales especializadas como LinkedIn, Xing y otras puede servir como prueba de cualificación.
Se requiere un ingreso mínimo mensual de 2.520 euros si un “nómada digital” planea mudarse a España solo. En el caso de tener cónyuge, esa cantidad aumenta en un 75%, y para cada miembro adicional de la familia (hijos y padres dependientes), aumenta en un 25%. Se permite recibir hasta un 20% de los ingresos en España realizando trabajos para empleadores locales.
También es necesario demostrar la capacidad para trabajar de forma remota mediante una carta de la dirección de la empresa que indique el puesto, el salario y el tiempo de empleo. La empresa en sí debe haber existido y operado durante al menos un año, lo cual se puede confirmar con una copia del certificado de registro.
El conjunto de documentos necesarios para solicitar el permiso de residencia correspondiente también incluye:
- Formulario MI-T (residencia por traslado interempresarial nacional) para el solicitante (MI-F para los miembros de la familia)
- Copias de todas las páginas del pasaporte
- Contrato de trabajo
- Certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años (no es necesario si la estancia en España ha sido por más de seis meses bajo otro tipo de residencia)
- Póliza de seguro médico de una compañía española (no es necesario si está registrado en el sistema de Seguridad Social)
- Comprobante de pago de tasas (modelo 790-038)
La información completa sobre el proceso de presentación de documentos para visas o residencia en España para “nómadas digitales” se publica en el sitio web del Ministerio de Seguridad Social y Migración, a través del cual se realiza el proceso en línea con una firma digital.
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